sábado, 26 de marzo de 2016

GESTIÓN DE TERRITORIO EN MEXICO


PROTOCOLO DE KYOTO






PROTOCOLO DE KYOTO 

El protocolo de Kyoto   está comprendido por compromisos que se deben llevar a cabo de la limitación y reducción de las emisiones para promover un desarrollo sostenible mediante aplicación de políticas y medidas de acuerdo a las circunstancias de cada país, promover modalidades agrícolas sostenibles, investigación, promoción y desarrollo de nuevas formas y nuevas energías renovables que sean ecológicamente racionales;  políticas y medidas que limiten o reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero entre otras más.

En base a esto cada parte debe notificar la aprobación del protocolo, así como los proyectos que vallan a realizar de forma individual o conjunta para ser aprobados por los participantes. Cada una de las partes deberá demostrar la información que respalde el cumplimiento de los compromisos, así como el avance que llevan para su posterior examinación por expertos que permitirá una evaluación para verificar todos los aspectos de la aplicación del presente protocolo.


Se harán examinaciones periódicamente para realizar estudios científicos que se disponga sobre el cambio climático y sus repercusiones que permitirán generar medidas para mitigar el cambio climático mediante tecnologías y métodos de mejora de la planificación. Se debe definir un mecanismo limpio que permita a las partes no incluidas lograr un desarrollo sostenible, proponer enmiendas. 

Cada parte tiene derecho a un voto, El Secretario General de las Naciones Unidas sera el depositario del presente Protocolo. El protocolo esta abierto a la aceptación o aprobación de los Estados y de las organizaciones regionales que sean parte de la convención.